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Para Clientes ( VER LA PARTE FINAL DE ESTA NOTA MARCADA EN COLOR CELESTE ) y Para futuros clientes ( VER LO RESALTADO EN COLOR VERDE): Fichas de consulta y aclaraciones:

Dra. Gloria Torales Abogada & Asociados
Estudio Jurídico Integral


Whatsapp al 5491151188282 o clic en el siguiente link: http://Wa.me/5491151188282
web: https://gloriatoralesabogada.com.ar/

Consúltenos desde cualquier punto del país y del mundo. 

Quedamos a su disposición.


Para quienes ya son Clientes  ( VER LA PARTE FINAL DE ESTA NOTA MARCADA EN COLOR CELESTE ) y

Para futuros clientes ( VER LO RESALTADO EN COLOR VERDE) Fichas de consulta y aclaraciones:

Clientes y futuros clientes por consultas de casos nuevos:

En las siguientes imágenes cuenta con los servicios vigentes del estudio, por consultas sobre un nuevo caso debe llenar los formularios de más abajo:








Buenas, 

Gracias por contactarse,


Página Web: https://gloriatoralesabogada.com.ar/


Para Clientes  ( VER LA PARTE FINAL DE ESTA NOTA MARCADA EN COLOR CELESTE  , PARA CONSULTAR POR CASOS NUEVOS POR FAVOR LLENE LOS FORMULARIOS DE CONTACTO Y AVISEME POR WHATSAPP PARA ANALIZAR SU CASO Y CONTESTARLE) .


 Para futuros clientes ( LEER LO QUE SIGUE EN COLOR VERDE): 

Un gusto! Soy  la Dra. Gloria Torales.  

Favor llenar la ficha que corresponde a su caso según la siguiente lista:

*** Para informarse sobre juicios que puede iniciar en el siguiente link:👇👇👇👇👇👇

 https://gloriatoralesabogada.blogspot.com/2022/06/personal-civil-y-militar-de-las-fuerzas.html

o directamente llene la ficha de consulta que corresponde a su caso según la siguiente lista:


**Accidente laboral 

(ocurrido en el lugar de trabajo, yendo o viniendo del trabajo y enfermedades laborales aunque le hayan dado el alta médica):

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSeUvpDtbIlEK4mYW7zuTt9UlJSZLH7mrdxFIiqd3sJom-STUA/viewform

ACCIDENTE DE TRABAJO – ACCIDENTE DE TRÁNSITO: CÓMO PROCEDER EN EL MOMENTO DEL ACCIDENTE? QUÉ DATOS OBTENER?: LINK EXPLICATIVO EN VIDEO: https://youtu.be/duSgOnJxZFo?feature=shared


*"Accidente Civil 

( automovilístico, en motocicleta, en bicicleta, por choque a un peatón, por accidente de colectivos yendo como pasajero,  otros):

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfmZu_xvSc8p8OnwR7wKyLrbzYun043kpLuh5ngDRfCaS7yvQ/viewform

ACCIDENTE DE TRABAJO – ACCIDENTE DE TRÁNSITO: CÓMO PROCEDER EN EL MOMENTO DEL ACCIDENTE? QUÉ DATOS OBTENER?: LINK EXPLICATIVO EN VIDEO: https://youtu.be/duSgOnJxZFo?feature=shared


***Derecho sucesorio:

( herencias con o sin testamentos)

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe1cI1t79aSP8aWMSptrMTV3Jqkm1yuWzrHa-zV_2CLn2SPNA/viewform


** Mala Praxis :

( de Médicos en general:  Cirugías estéticas, funcionales y de Odontólogos)

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScI9W7-SE7bpZXE8TUVdIbyx6AJ9j3i6jKGCJHObgsQrA2lSA/viewform



* Fuerzas armadas por reclamo salarial ( para el personal que está en actividad y retirados) 

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe2nrB9gL0JExNK5MlJysbGLWGJxQl2bhZYwR2XRalU5f57CQ/viewform


  BONIFICACION POR ZONA AUSTRAL Y SUS RETROACTIVOS -    SOLO PARA  JUBILADOS que vivan en Provincias de:  Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego e  Islas del Atlántico Sur y el Partido de Carmen de Patagones de la Pcia. de Buenos Aires.  ( para los  Jubilados y Pensionados, NO PARA RETIRADOS DE FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD)

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe2nrB9gL0JExNK5MlJysbGLWGJxQl2bhZYwR2XRalU5f57CQ/viewform


 Impuestos a las ganancias ( para los Retirados, Jubilados y Pensionados)

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe2nrB9gL0JExNK5MlJysbGLWGJxQl2bhZYwR2XRalU5f57CQ/viewform


* Reclamo por aportes para gendarmes en actividad  retirados, y pensionados ( sólo para Gendarmería Nacional no aplica a otras Fuerzas).

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSe2nrB9gL0JExNK5MlJysbGLWGJxQl2bhZYwR2XRalU5f57CQ/viewform



Despidos, Acuerdos laborales ( parte trabajadora y parte Empleadora) y otros:

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScsq9Ne6y2Rs5AfP0N9yKeZhq_yf2hp1X1lY3MnAJMGsu216A/viewform


**Divorcio ( "Express"):

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSesMbkGqaDGYTHn2Lo6BLrSsCYkopxeazjZQifD6sDH0PORKw/viewform 



***Usucapión o Prescripción Adquisitiva

( Adquisición de inmuebles, por la posesión de la propiedad y el transcurso del tiempo):

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSfQIuQTUWDb4n3frH8_tTGxTdkvaW4yNY1sXVG8f8e9_cNSfg/viewform



**VERAZ o BCRA u otros:

(Eliminación de datos prescriptos o deudas canceladas en el VERAZ o BCRA u otros): 

 Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdheORJpd04nPi2y_dXrmt6MP-gyn-DL_ed-W5B2oAjELmMEA/viewform


*Filiaciones - Reconocimientos de paternidad en vida o después de muerto (en CABA):

Rectificación de partidas de nacimiento, de casamiento o de defunción (expedidos en Capital Federal): 

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdK7zt7gkCnKBNjJATzwBFSxFThFF-OjIcpDzA5sFK3AWgPfA/viewform



** Empresas y Comercios: 

(Acuerdos laborales ante el SECLO y por accidentes y enfermedades de trabajo; Asesoramiento en cuestiones jurídicas laborales, civiles, comerciales y penales)

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdK7zt7gkCnKBNjJATzwBFSxFThFF-OjIcpDzA5sFK3AWgPfA/viewform


** Consultas generales 

( consultas sobre temas no nombrados en los formularios de arriba): 

Favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:

#Formulario:👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdK7zt7gkCnKBNjJATzwBFSxFThFF-OjIcpDzA5sFK3AWgPfA/viewform


**ACCIDENTE O MUERTE DE EMPLEADOS DE EMPRESAS, BANCOS O COMERCIOS:

 Por cualquier accidente sufrido por empleados arriba mencionados, favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSeUvpDtbIlEK4mYW7zuTt9UlJSZLH7mrdxFIiqd3sJom-STUA/viewform


** ACCIDENTE O MUERTE EN ACTOS DE SERVICIOS :



  • Para Militares en actividad  (Fuerza Aérea Argentina; Ejército Argentino; Armada Argentina);
  • Seguridad Federal ( Policía Federal;Servicio Penitenciario Federal , otros);
  • Seguridad Nacional (Prefectura Naval Argentina y Gendarmería Nacional);
  • Seguridad Provincial (Policías de la Provincia de Bs As);
  • Seguridad de Caba (Policías del a Ciudad);
  • Personal Civil  de todas las Fuerzas;
  • Empleados públicos;
  • Empleados de empresas, bancos y comercios en relación de dependencia en general 
  • Familiares directos del fallecido ( en acto de servicio, en el trabajo,  o in itinere -yendo o saliendo del trabajo, por el camino-;  por muerte de trabajador de empresas, bancos y comercios en relación de dependencia en general   y por accidentes fuera del horario del trabajo);
  • Empleados del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;
  • Policía de la Ciudad de Buenos Aires; 
  • Empleados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
  • Bancarios/ camioneros/ empleados en general.
 Por cualquier accidente sufrido por empleados arriba mencionados, favor de llenar el siguiente formulario para analizar su caso, ni bien lo termine de llenar avíseme para remitirle la respuesta:👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSeUvpDtbIlEK4mYW7zuTt9UlJSZLH7mrdxFIiqd3sJom-STUA/viewform


AMPAROS POR SALUD - PARA TODO EL PAIS

Si desea iniciar un AMPARO POR SALUD Y POR AUMENTOS contra obras sociales, medicinas prepagas y por mora de la Administración Pública.

Favor completar el siguiente formulario para analizar su caso y remitirle los requisitos si su consulta tiene que ver con la falta de cobertura médica en los siguientes casos:  

#Formulario

👇👇👇👇👇👇

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSctWiX1cDeZaNE1K8l6AOYDPiL63a3VvO_NrVKwbHOxilkang/viewform#



***SI UD. YA ES CLIENTE LEA POR FAVOR LO  QUE A CONTINUACION SE LE HACE SABER:

***Para quienes ya son clientes:

***Para quienes ya son clientes los nuevos juicios se pueden iniciar con el mismo poder ( el mismo poder sirve para todos los juicios pendientes que quiera iniciar, salvo casos excepcionales. No tendrá que gastar en ese trámite).


Por accidentes o fallecimientos ocurridos en y por actos de servicio ( caso de militares, personal de Prefectura, Gendarmería, Policía de la Ciudad, de Provincia , Policía Federal, Servicio Penitenciario , Policía Aeroportuaria y de todas las Fuerzas del resto del país) debe solicitar lo antes posible ser indemnizado ( aunque haya sido dado de alta , siga o no trabajando para la Fuerza). Consúltenos su caso. https://gloriatoralesabogada.com.ar

 

Por accidentes o fallecimientos de empleados en relación de dependencia en general, debe solicitar lo antes posible ser indemnizado ( aunque haya sido dado de alta por la aseguradora de riesgos del trabajo , siga o no trabajando para la Fuerza). Consúltenos su caso. https://gloriatoralesabogada.com.ar

 

RECLAMO POR DESCUENTO DE IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y PARA LA DEVOLUCION DE RETROACTIVOS , ESTAMOS RECLAMANDO EN TODO EL PAIS. CONSULTENOS. https://gloriatoralesabogada.com.ar

 

PARA GENDARMES EN ACTIVIDAD Y RETIRADOS: RECLAMO POR DESCUENTO DE APORTES  Y PARA LA DEVOLUCION DE RETROACTIVOS , ESTAMOS RECLAMANDO EN TODO EL PAIS. CONSULTENOS. https://gloriatoralesabogada.com.ar

 

Por consultas o información de sus juicios entre a la página del estudio. Si es cliente y ganó un juicio no se preocupe por consultar porque será  contactado cuando haya dinero a su disposición ( LE RECOMIENDO LEER ÉSTA NOTA COMPLETA TODO LO QUE ESTA EN COLOR CELESTE SI ES CLIENTE Y TIENE UN JUICIO EN TRAMITE CON NUESTRO ESTUDIO, LO ENCUENTRA EN NUESTRA PAGINA WEB, OPCION CLIENTES, AGILIZAR CONSULTAS) . 

Sólo actualice sus datos y Siga el caso por medio del sistema  del Poder Judicial ( tiene el link en nuestra página como surge en esta foto para esas cuestiones OPCION CONSULTAR CAUSAS DEL PODER JUDICIAL). https://gloriatoralesabogada.com.ar

Si es cliente por favor lea estás instrucciones y siga el caso por sistema, en caso de que tenga dinero a su disposición lo contactaremos, mantenga sus datos de contacto actualizados desde nuestra página ( OPCION ACTUALIZACION DE DATOS):

ACLARACIONES IMPORTANTES PARA LOS QUE YA TIENEN JUICIOS EN TRAMITE. FAVOR DE LEER TODO LO QUE SIGUE:

1.-Favor de evitar consultar continuamente por novedades  porquecuando haya una realmente importante ( por ejemplo de pagos) se les avisará a la mayor brevedad. Tenemos que usar el tiempo en hacer avanzar los juicios  y no en contestar continuamente ese tipo de consultas. De allí que hemos  hecho ésta nota para que tengan la información que siempre consultan.  Ello sin perjuicio de que cada uno ya tiene los datos de sus juicios para seguirlos por sistema.

2-Todos los juicios avanzan lo más rápido posible por parte de ésta letrada. Si el expediente no se mueve se debe a cualquiera de las siguientes situaciones: 

A.- El Juzgado  que ha sido asignado por sorteo es lento o muy lento ( hay algunos que demoran más que otros). En éstos casos la ley nos permite presentar un pronto despacho pero debemos esperar hasta que el Juez resuelva ese pronto despacho que presentamos porque no corresponde acosar a los Juzgados , eso está prohibido por la ley

 B.-  Los plazos establecidos por la ley o por el Juez se deben respetar sí o sí. ESO SE APLICA A TODO TIPO DE JUICIOS: CIVILES, LABORALES, COMERICALES, CONSUMIDOR, Y CONTRA EL ESTADO NACIONAL: De allí que no se puede avanzar sin esperar dichos plazos que se cuentan sólo en  días hábiles ( no sábados, ni domingos ni feriados, ni los meses en los que hay feria judicial - por lo general en  julio y todo enero-).  


PARA QUIENES TENGAN JUICIOS CONTRA EL ESTADO NACIONAL:

Deben tener en cuenta todo lo anterior y además las siguientes aclaraciones:

-SE TRATA DE JUICIOS MUCHO MAS LARGOS QUE LOS COMUNES. Eso es así porque la ley dá  al Estado Nacional plazos muy largos para contestar cualquier intimación  y para cumplir con los pagos. Ejemplos importantes:

 - cuando se le notifica el inicio de la demanda le otorga 60 días hábiles para presentarse ,contestar y defenderse; 

- Luego, durante el juicio, los jueces  otorgan   - para ciertos trámites -  20; 30, 45 , 60 , 90  días hábiles u  otros plazos similares; 

-Terminado el juicio, con sentencias favorables , primero es intimada a traer liquidaciones . Para éste trámite los jueces dan plazos largos , hábiles.

Si no las traen en el plazo que establece el Juez, recien ahí será nuevamente intimado.

 Y así , una y otra vez , hasta que cumpla.


ACLARACIONES CON RESPECTO A LAS LIQUIDACIONES DE LOS JUICIOS:

Por lo general la primera liquidación que trae la Fuerza es provisoria porque  integra el capital y un parcial de intereses. 

Tenga en claro que cada día que pasa -sin que le paguen- genera intereses a su favor, por eso la liquidación que inicialmente presenta la Fuerza es provisoria y al sólo efecto de previsionar un monto calculando sus posibles intereses HASTA LA FECHA DEL EFECTIVO PAGO. 

POR ESO NO HAY IMPORTE EXACTO PARA INFORMARLE, DEBE AGUARDAR A QUE LA FUERZA VUELVA A ACTUALIZAR LA LIQUIDACION Y DEPOSITE EL MONTO ACTUALIZADO QUE DEBE INTEGRAR LOS INTERESES TOTALES O SEA , LOS QUE SE GENEREN HASTA LA FECHA DEL EFECTIVO PAGO DEL TOTAL).

 Después de que traen las liquidaciones, el juez ordena que las partes las verifiquen.

Luego podrán pedir su aprobación o impugnarlas con fundamentos jurídicos importantes.

Por lo general los jueces dan razón a las liquidaciones del Estado y no se impugnan excepto por groseras falencias.

Si son impugnadas y se pierde, se aplican costas - es decir que debe pagar el que pierde por haber planteado impugnación y perdido-.

Una vez aprobada la liquidación se intima al Estado Nacional a pagar.

Pero nunca paga de inmediato, sólo previsiona las deudas para pagarlas en unos años.

Además, para traer las previsiones presupuestarias  los jueces dan plazos largos , hábiles.

Si no las traen en el plazo que establece el Juez, recién ahí será nuevamente intimado.

 Y así , una y otra vez , hasta que cumpla.


Cuando por fin traen las  previsiones de los créditos , UD  debe visualizar  el año informado EN LA PREVISION PRESUPUESTARIA QUE ESTARÁ ANEXADA AL EXPEDIENTE .

Dice que abonará por ejemplo en el año 2025. 

Pero no lo hace casi nunca porque puede pedir una  prórroga de un año más, es decir que a pagar en el año 2026.

Pero pocas veces paga durante el año de prórroga.

Recién en el año 2027 podremos ejecutar la sentencia embargando cuentas del Estado Nacional.

O sea que aproximadamente tres años después de la fecha que figura previsionada recién podremos ejecutar la sentencia. NUNCA ANTES PORQUE LA LEY NO LO PERMITE.

TEMA PAGOS: POR LO GENERAL LA FUERZA PAGA UNA PARTE DE LO QUE LES CORRESPONDE Y LUEGO UNA DIFERENCIA QUE SE RECLAMA POR INTERESES. DE ALLÍ QUE MUCHOS DESPUES DE RECIBIR EL PRIMER PAGO JUDICIAL DEL JUICIO GANADO, LUEGO RECIBIRÁ UNA DIFERENCIA MÁS POR INTERESES ADEUDADAS.


SI UD YA COBRO LA PRIMER PARTE DEL DINERO Y LE HE INFORMADO QUE QUEDA PENDIENTE QUE COBRE LAS DIFERENCIAS POR UNOS INTERESES LE PIDO:

1.- que siga la causa por sistema con los datos  que le dí al iniciarla ( también están en las sentencias que le mandé al ganar);

2.-Si le pagan yo misma le avisaré y le mandaré constancia para que esté atento al cobro. Favor de evitar consultas al respecto mientras tanto. Sígalo por sistema directamente porque como arriba lo dice, dificulta el trabajo con continuas consultas;

3.- Si no le pagan se solicitará embargo de esas diferencias .

Algunos jueces permiten el embargo directo ( o sea si no paga las diferencias por intereses ,  hacen lugar al embargo)  y otros no hacen lugar al embargo sino que ordenan que espere hasta que finalice el año que informó el Estado Nacional como previsionada la deuda de mi cliente. Es decir, que de darse éste ultimo supuesto se podrá embargar el próximo año al que figura previsionado, no antes ( arriba se explicó esto lealo por favor y busque la prevision en el expediente judicial ).

POR TODO LO AQUI INFORMADO SE LES SOLICITA LEAN ÉSTA NOTA , ESO EVITARÁ LLENAR A LA ABOGADA DE  CONSULTAS REITERATORIAS.

En caso de dudas lea nuevamente ésta nota.

LAS CONSULTAS REITERATORIAS QUITAN TIEMPO A LA ABOGADA PARA QUE SE PUEDA AVANZAR CON SU JUICIO O CON LOS  DE OTROS.

CUANDO HAYAN NOVEDADES DE IMPORTANCIA SERA CONTACTADO POR LA ABOGADA Y A LA MAYOR BREVEDAD.

NO SE CONTESTARÁN CONSULTAS REITERATIVAS. DE PERSISTIR EL CLIENTE EN ESE TIPO DE CONDUCTAS, SE RENUNCIARÁ A SUS CASOS.

IMPORTANTE: CUALQUIER CONSULTA SOBRE CASOS QUE LLEVA NUESTRO ESTUDIO DEBE SER CONSULTADO POR MEDIO DE ÉSTA PÁGINA O DESDE  LA DEL ESTUDIO Página Web: https://gloriatoralesabogada.com.ar/ 

TAMBIEN  AL TELEFONO 1151188282. 

NO NOS HACEMOS CARGO DE CUALQUIER ESTAFA DE QUE PUDIERA SER VÍCTIMA POR CONVERSAR CON DESCONOCIDOS QUE SE HACEN PASAR POR ABOGADOS O QUE LO SON PERO NO TIENEN CONOCIMIENTO O MIENTEN RESPECTO A JUICIOS Y LIQUIDACIONES PARA SACAR PROVECHO. 

REITERO, CUALQUIER DUDA O CONSULTA LEA EL PROCEDIMIENTO AQUI EXPLICADO. NO TENEMOS INTERMEDIARIOS , NI CABEZAS DE GRUPO (QUE ES ALGO QUE NO DEBERÍA EXISTIR EN NINGUN CASO) PORQUE  EL TRATO ES DIRECTO CON LA ABOGADA CONTRATADO .

CREAMOS ESTA NOTA ( link: https://gloriatoralesabogada.blogspot.com/2022/06/para-agilizar-la-consulta-de-quienes-ya.html) PARA QUE QUIENES SON CLIENTES ESTÉN INFORMADOS. SI ES NUESTRO CLIENTE ESTÁ INFORMADO LO QUE A SU VEZ  IMPLICA ESTAR PROTEGIDO.

RECOMENDAMOS: QUE SIGA EL JUICIO POR SISTEMA DEL PODER JUDICIAL AQUÍ ABAJO TIENE UNA LUPA QUE LO DERIVA A LA PAGINA DEL ESTUDIO Página Web: https://gloriatoralesabogada.com.ar/  PARA QUE PUEDA CONSULTAR CON NUMERO DE EXPEDIENTE , AÑO Y FUERO ( QUE LE PASAMOS AL SORTEAR LA DEMANDA Y CON LAS SENTENCIAS)


OTROS TEMAS:

-POR NUEVOS JUICIOS QUE QUIERA INICIAR SI YA ES CLIENTE: 

A.- Existen otros juicios que puede iniciar ( el mismo poder sirve para todos los juicios pendientes que quiera iniciar. No tendrá que gastar en ese trámite)

 POR ACCIDENTES O POR MUERTE EN ACTOS DE SERVICIO ( Que llegan continuamente por parte de quienes ya son clientes, de  camaradas de quienes ya fueron o aun son clientes, o de otras personas que conocen de los diversos juicios ganados por la abogada en sede civil - o contencioso administrativo y en el penal.

Y POR OTROS TEMAS:


 Por medio del siguiente link 👇👇👇👇👇👇

https://gloriatoralesabogada.com.ar/

o por medio de los formularios que arriba están detallados, podrán llenar los datos con su consulta para que la abogada pueda analizar su caso. 

Recuerde que: 

Luego de que UD. avisa que llenó el formulario que corresponde a su caso, en 24 o 48 horas se le dará la respuesta y la abogada lo contactará de ser necesario.


POR MEDIO DE ESE LINK TAMBIÉN PODRÁ:

👇👇👇👇👇👇

https://gloriatoralesabogada.com.ar/

*Ingresar al sistema del Poder Judicial de la Nación para  chequear el estado de su juicio ( por si  perdió el  link de acceso que le informé al sortear su causa);

* Mantener sus datos actualizados ( si hubo algún cambio es importante que llene el formulario con sus nuevos datos para que pueda localizarlo/a en caso de urgencia o para remitirle información importante o que el juez puede solicitar en cualquier momento);


* Consultar por casos nuevos llenando los formularios detallados arriba ( si llena un formulario por favor  avise por mensaje escrito de whatsapp . Para eso puede hacer clic en el siguiente link  que lo enviará directamente al WhatsApp:  wa.me/c/5491151188282    O puede mandar un mensaje al 1151188282   ( lea lo que sigue para continuar). Los datos ingresados por ud. serán analizados y luego hablemos por teléfono del tema;


Acceder a publicaciones realizadas por ésta letrada en revistas jurídicas.


3) Por  último, por cualquier consulta referente a pagos o comprobantes de pago o de formas de pago , favor de contactar a mi secretaria  por mensaje de WhatsApp al 3401433588 . 

Muchas gracias.


Dra. Gloria Elizabeth Torales. 

Abogada. 

Especialista en Derecho Procesal Civil y Comercial (Universidad de Buenos Aires – UBA). 

Posgraduada en Práctica y Derecho Laboral (Universidad Católica Argentina – UCA). 

 Redactora de temas del derecho para revistas jurídicas y titular de su Estudio Jurídico Integral.

Es Litigante. Consultora - Asesora de Empresas y Comercios Nacionales e Internacionales; a los argentinos como a extranjeros.

Reconocida a nivel nacional por litigios y sentencias favorables obtenidas en defensa de juicios que ha iniciado en causa propia y para la defensa de los consumidores. También por litigar en procesos: 

- Civiles ( accidentes automovilísticos, mala praxis, despidos, etc); - Comerciales;

 -Laborales ( accidentes de trabajo o in itinere del personal en relación de dependencia en general y los llamados " en y por actos de servicio" de militares y personal de seguridad de las Fuerzas en actividad ";

- Contenciosos Administrativos Federales contra las Fuerzas Armadas y de Seguridad ( reclamos salariales y de accidentes en el ámbito militar y de las Fuerzas de Seguridad), contra la AFIP ( impuestos a las ganancias) y ante otras tantas instituciones públicas del País ; 

- Fuero de la Seguridad Social ( jubilados, retirados, pensionados, etc.). -Consumidor.

-A nivel internacional: trabaja como asesora y consultora de personas que tienen causas judiciales para iniciar en el país. A las empresas para que puedan constituirse legalmente en el país o para abrir sedes y/o vender sus productos o servicios.

Lleva sus casos asistida por un equipo de profesionales del derecho y de otras carreras (psicólogos, contadores, ingenieros, médicos traumatólogos, odontólogos , administradores de empresas, informática y de otras tantas especialidades).


Teléfono de contacto  5491151188282  (por whatsapp)

 Siga el siguiente  enlace para ver nuestro catálogo en WhatsApp:  https://wa.me/c/5491151188282

E mail:  getorales@gmail.com 

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SENTENCIA : RECLAMO POR DESCUENTO DE IMPUESTOS A LAS GANANCIAS Y PARA LA DEVOLUCION DE RETROACTIVOS , ESTAMOS RECLAMANDO EN TODO EL PAIS. CONSULTENOS.





















































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