Estimados clientes actuales:
Sabemos lo importante que es mantenerse informado sobre el estado de su juicio. Queremos recordarle que, si usted ya es cliente de nuestro Estudio Jurídico, tiene acceso a toda la información necesaria para seguir su caso a través del sistema del Poder Judicial con los datos que le proporcionamos. De esta manera, puede monitorear el avance del proceso sin necesidad de realizar consultas continuas. Le aseguramos que, en cuanto haya una novedad relevante (como pagos o sentencias), seremos nosotros quienes nos pondremos en contacto con usted de inmediato. Mantenga sus datos de contacto actualizados a través de nuestra página web.
Para nuevos clientes y futuros interesados:
Nuestro Estudio Jurídico se destaca por ofrecer un servicio integral y ágil, asegurándonos de que cada cliente esté debidamente informado sobre el avance de su caso. Atendemos todo tipo de consultas jurídicas a nivel nacional e internacional, lo que significa que puede contratarnos desde cualquier punto del país o del mundo. Entre nuestros servicios más destacados se encuentran:
- Accidentes laborales y de tránsito: Asesoría especializada y representación en reclamos por indemnización.
- Derecho sucesorio: Herencias, con o sin testamento.
- Mala praxis médica: Reclamos por negligencias en procedimientos médicos.
- Reclamos salariales y por impuestos: Incluidos reclamos de fuerzas de seguridad y militares.
- Acciones por accidentes o fallecimientos en actos de servicio.
- Asesoría empresarial y laboral: Servicios jurídicos para empresas en temas laborales, civiles y penales.
- Amparos por salud: Defensa ante obras sociales y prepagas.
Ventajas de elegirnos:
- Rapidez y efectividad comprobadas: Nuestros clientes que ya han ganado juicios conocen de primera mano la agilidad con la que trabajamos.
- Seguimiento personalizado: Cada cliente tiene acceso a la información de su caso y recibe cualquier novedad relevante de manera puntual.
- Cobertura nacional e internacional: Atendemos casos de cualquier lugar del país y del extranjero.
- Amplia experiencia: Somos referentes en varias áreas del derecho, con un historial exitoso en múltiples tipos de casos.
Si aún no es cliente, lo invitamos a conocer más sobre nuestros servicios y a completar los formularios en nuestra página web según su caso, o contactarnos vía WhatsApp para cualquier consulta.
Confíe en nuestra experiencia y profesionalismo. Estamos aquí para brindarle el mejor servicio jurídico.
Whatsapp al 5491151188282 o clic en el siguiente link: http://Wa.me/5491151188282 web: https://gloriatoralesabogada.com.ar/ Consúltenos desde cualquier punto del país. https://www.youtube.com/shorts/FSFCiXZKVgE
ACLARACIONES IMPORTANTES PARA QUIENES TIENEN JUICIOS EN TRÁMITE. FAVOR DE LEER TODO LO QUE SIGUE:
Estimados clientes,
Queremos comenzar expresando nuestro sincero agradecimiento por confiar en nosotros para llevar adelante sus juicios. Su confianza es lo que nos motiva a trabajar arduamente cada día en la defensa de sus derechos.
Es fundamental que comprendan algunos aspectos importantes sobre el seguimiento de sus casos:
Consultas sobre novedades: Les pedimos amablemente que eviten realizar consultas continuas sobre el estado de su juicio. Cuando haya novedades realmente relevantes (como pagos), nos aseguraremos de comunicárselo a la mayor brevedad posible. Esto nos permite dedicar el tiempo necesario a avanzar en sus casos y no a responder consultas repetitivas. Recuerden que cada uno de ustedes cuenta con los datos necesarios para seguir sus juicios a través del sistema correspondiente.
Avance de los juicios: Estamos comprometidos a avanzar en todos los juicios de la manera más rápida y eficiente posible. Sin embargo, si el expediente no se mueve, esto puede deberse a:
A. Lentitud del Juzgado: Algunos Juzgados pueden ser más lentos que otros. En estos casos, la ley nos permite presentar un pronto despacho, pero debemos esperar la resolución del Juez. Apreciamos su comprensión, ya que acosar a los Juzgados no está permitido.
B. Plazos establecidos: Los plazos que establece la ley o el Juez deben ser respetados. Esto se aplica a todos los tipos de juicios: civiles, laborales, comerciales, de consumo, y contra el Estado Nacional. Es importante recordar que los plazos se cuentan solo en días hábiles (sin contar sábados, domingos, feriados y meses de feria judicial, que suelen ser julio y enero).
PARA QUIENES TIENEN JUICIOS CONTRA EL ESTADO NACIONAL:
Adicionalmente, les solicitamos que tomen en cuenta lo siguiente:
Los juicios contra el Estado Nacional suelen ser más extensos que los juicios comunes, ya que la ley otorga plazos más amplios para que el Estado responda a las intimaciones y realice los pagos. Ejemplos importantes incluyen:
- Una vez notificado el inicio de la demanda, el Estado tiene 60 días hábiles para presentarse y defenderse.
- Durante el juicio, los jueces pueden otorgar plazos que varían entre 20 y 90 días hábiles para distintos trámites.
- Al finalizar el juicio, si se obtienen sentencias favorables, el Estado será intimado a presentar liquidaciones, para lo cual también se conceden plazos largos.
Si el Estado no presenta las liquidaciones en el plazo estipulado, será nuevamente intimado, y este proceso se repetirá hasta que cumpla.
ACLARACIONES RESPECTO A LAS LIQUIDACIONES DE LOS JUICIOS:
La primera liquidación que presenta la Fuerza es generalmente provisoria, incluyendo el capital y un parcial de intereses.
Es fundamental que comprendan que cada día que pasa sin que se realice el pago genera intereses a su favor. Por ello, la liquidación inicial es provisoria y se presenta para prever un monto que contemple los posibles intereses hasta el momento del efectivo pago.
Por esta razón, no podemos proporcionar un importe exacto en este momento. Tendrán que esperar a que la Fuerza actualice la liquidación y deposite el monto actualizado que debe incluir los intereses totales, que se generen hasta la fecha del pago total.
Una vez que se presentan las liquidaciones, el juez ordenará que las partes las verifiquen. Posteriormente, podrán solicitar su aprobación o impugnarlas, siempre que cuenten con fundamentos jurídicos sólidos.
Por lo general, los jueces suelen aceptar las liquidaciones del Estado, y no se impugnan a menos que existan falencias graves. Si se impugna y se pierde, se aplicarán costas, lo que significa que quien impugna y pierde deberá asumir los gastos.
Una vez aprobada la liquidación, se intimará al Estado Nacional a pagar. Sin embargo, el Estado no realiza el pago de inmediato; solo prevé las deudas para abonar en unos años.
Los jueces conceden plazos largos para las previsiones presupuestarias. Si el Estado no presenta las previsiones en el plazo que establece el Juez, será nuevamente intimado, y este proceso se repetirá hasta que cumpla.
Cuando finalmente se presentan las previsiones de los créditos, deberán visualizar el año informado en la previsión presupuestaria que estará anexada al expediente. Por ejemplo, podría indicar que abonará en el año 2025. Sin embargo, frecuentemente se solicita una prórroga de un año más, es decir, el pago se postergará para 2026, y rara vez se efectúa en el año de la prórroga. Recién en 2027 podremos ejecutar la sentencia embargando cuentas del Estado Nacional.
En resumen, aproximadamente tres años después de la fecha prevista, podremos ejecutar la sentencia. Nunca antes, ya que la ley no lo permite.
TEMA DE PAGOS: Generalmente, la Fuerza paga una parte de lo que les corresponde y luego se reclama una diferencia por intereses. Por lo tanto, muchos clientes que reciben el primer pago judicial del juicio ganado posteriormente recibirán una diferencia adicional por intereses adeudados.
Si usted ya cobró la primera parte del dinero y le he informado que queda pendiente la cobranza de las diferencias por intereses, le solicito:
- Seguir el avance de su causa a través del sistema con los datos que le proporcioné al iniciarla (también están en las sentencias que le envié tras ganar).
- Si hay un pago, yo misma le avisaré y le enviaré constancia para que esté atento al cobro. Les pedimos que eviten consultas sobre este tema mientras tanto y sigan el juicio a través del sistema, ya que las consultas continuas dificultan el trabajo.
- Si no se realiza el pago, se solicitará embargo de esas diferencias.
Algunos jueces permiten el embargo directo (es decir, si no se paga la diferencia por intereses, se hace lugar al embargo), mientras que otros ordenan que se espere hasta que finalice el año que el Estado Nacional ha informado como previsión de la deuda del cliente. En este caso, el embargo podrá solicitarse el próximo año que figura en la previsión, no antes.
SOLICITUD FINAL: Les pedimos que lean esta nota detenidamente; esto evitará saturar a la abogada titular y al equipo de trabajo del estudio con consultas reiterativas.
En caso de dudas, se recomienda leer nuevamente esta nota.
Las consultas reiterativas consumen tiempo que podría destinarse a avanzar en su juicio y en los de otros clientes.
Cuando haya novedades de importancia, la abogada titular se pondrá en contacto con ustedes a la mayor brevedad.
No se responderán consultas reiterativas. Si un cliente persiste en este tipo de conducta, se renunciará a su caso dado que como arriba queda aclarado, tenemos que cumplir con órdenes judiciales y plazos dispuestos en la ley.
IMPORTANTE: Cualquier consulta sobre los casos que lleva nuestro estudio debe ser realizada a través de esta página o mediante la siguiente página web: https://gloriatoralesabogada.com.ar/. También pueden comunicarse al teléfono 1151188282.
No nos hacemos responsables por estafas en las que pudiera ser víctima al conversar con desconocidos que se hacen pasar por abogados o que carecen del conocimiento necesario sobre juicios y liquidaciones para obtener provecho.
Le reiteramos: cualquier duda o consulta debe dirigirse según el procedimiento aquí explicado. No contamos con intermediarios, ni grupos de contacto, ya que el trato es directo con la abogada titular del estudio contratada.
Hemos creado esta nota (link a la nota) para que nuestros clientes estén informados. Si usted es nuestro cliente, está al tanto de la información, lo que a su vez implica estar protegido.
RECOMENDAMOS: Seguir su juicio a través del sistema del Poder Judicial. A continuación, encontrará un enlace que lo llevará a la página del estudio: https://gloriatoralesabogada.com.ar/ para consultar con número de expediente, año y fuero (que le proporcionamos al sortear la demanda y en las sentencias).
OTROS TEMAS:
- Nuevos juicios: Si ya es cliente, existen otros juicios que puede iniciar (el mismo poder sirve para todos los juicios que quiera iniciar, sin gastos adicionales en ese trámite).
Por accidentes o muertes en actos de servicio, recibimos constantemente consultas de quienes ya son nuestros clientes, así como de camaradas y otras personas que conocen nuestros diversos juicios ganados en sede civil, contencioso administrativo y penal. Nuestro Estudio es un referente a nivel nacional en reclamos de esta naturaleza. ¡Consúltenos sobre su caso!
Para más información, visite el siguiente enlace: https://gloriatoralesabogada.com.ar/, o utilice los formularios detallados anteriormente para enviar su consulta y permitir que la abogada analice su situación.
Recuerde que, tras completar el formulario correspondiente, en 24 o 48 horas se le dará una respuesta y la abogada se pondrá en contacto con usted si es necesario.