Ir al contenido principal

DIVORCIO INCAUSADO Y ABREVIADO ("EXPRESS")

DIVORCIO INCAUSADO Y ABREVIADO ("EXPRESS"):

Página Web: https://gloriatoralesabogada.com.ar/

POR : LA DRA. GLORIA TORALES
Se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) Libro II Título I Capitulo 8 bajo el título "Disolución del matrimonio". 
El nuevo régimen de divorcio es incausado, a diferencia de lo que establecía el viejo Código Civil. Es decir, que ya no se pretende - como antes de su entrada en vigencia- analizar la culpabilidad en la ruptura de la pareja, ni las causas que la originaron. Tampoco importa el tiempo que duró la unión matrimonial.
No es necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo en solicitarlo,basta con que uno  de ellos quiera hacerlo ,para que sea viable la demanda y que el Juez los declare  divorciados.
La presentación de la demanda no requiere haber atravesado la etapa previa y obligatoria de mediación, como en otras causas civiles. .
Se trata de un trámite abreviado que se somete a la revisión judicial de conformidad , con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Es susceptible de sanción de nulidad , la renuncia realizada por cualquiera de los cónyuges, a divorciarse. De existir un pacto o cláusula que restrinja esa facultad, será tenida por no escrita.
Este tipo de proceso de divorcio,incausado y abreviado , fue pensado teniendo en cuenta el alto nivel de destrucción y desgaste emocional al que se someten los cónyuges y sus familias cuando se opta por el divorcio contencioso.
Entre los fundamentos que acompañaron el Proyecto de reforma, se expuso:
 "...el libre desarrollo de la personalidad, que se deriva del principio de autonomía de la voluntad, justifica que el ejercicio del derecho a no continuar casado no puede hacerse depender de la demostración de la concurrencia de causa alguna, pues la causa determinante no es más que el fin de esa voluntad expresada en su solicitud (...). Así pues, basta con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para que pueda demandar el divorcio, sin que el demandado pueda oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el juez pueda rechazar la petición".
En fin, uno o ambos cónyuges pueden solicitar su divorcio con fundamento en la autonomía de la voluntad y en el derecho a la libertad.
El ordenamiento jurídico suprime toda condición temporal como requisito para peticionar el divorcio. Es decir, no es necesario que los contrayentes esperen que se cumpla cierto tiempo -desde la celebración del matrimonio o desde que ha acaecido la ruptura-.
Sí es requisito de admisibilidad para el inicio del trámite de las actuaciones, que los cónyuges organicen las cuestiones relativas a la ruptura de la pareja(ejercicio de la responsabilidad parental, atribución de la vivienda, distribución de bienes, contribución alimentaria, compensaciones económicas, entre otras cuestiones que dependerán de cada familia en particular). 
Lo pueden hacer mediante un convenio regulador -en caso de presentación conjunta- o una propuesta reguladora de efectos- en caso de petición unilateral-.El espíritu de este requisito es que sean los propios cónyuges quienes conociendo su historia, economía y dinámica familiar , establezcan sus propias reglas.

.

Entradas más populares de este blog

Para Clientes y Para futuros clientes: Fichas de consulta y aclaraciones:

Dra. Gloria Torales Abogada & Asociados Estudio Jurídico Integral Estimados clientes actuales: Sabemos lo importante que es mantenerse informado sobre el estado de su juicio. Queremos recordarle que, si usted ya es cliente de nuestro Estudio Jurídico, tiene acceso a toda la información necesaria para seguir su caso a través del sistema del Poder Judicial con los datos que le proporcionamos. De esta manera, puede monitorear el avance del proceso sin necesidad de realizar consultas continuas. Le aseguramos que, en cuanto haya una novedad relevante (como pagos o sentencias), seremos nosotros quienes nos pondremos en contacto con usted de inmediato. Mantenga sus datos de contacto actualizados a través de nuestra página web. Para nuevos clientes y futuros interesados: Nuestro Estudio Jurídico se destaca por ofrecer un servicio integral y ágil, asegurándonos de que cada cliente esté debidamente informado sobre el avance de su caso. Atendemos todo tipo de consultas jurídicas a nivel nacio...

🌟 ¡Recibe la indemnización que mereces! 🌟

🌟 ¡Recibe la indemnización que mereces! 🌟 En Dra. Gloria Torales Abogada & Asociados te defendemos con la seriedad y experiencia que tu situación requiere. Si has sufrido un accidente en acto de servicio, en el trabajo, o in itinere (yendo o saliendo del trabajo), sabemos que necesitas un equipo legal que te brinde confianza y apoyo. 🔒 Te ayudamos a obtener la indemnización que te corresponde. 🔒 Nuestros servicios están disponibles para: ⚖️ Militares en actividad : Luchamos por tus derechos en momentos críticos. ⚖️ Personal de Seguridad Federal, Nacional, Provincial, y de CABA : Estamos disponibles en todo el país para brindarte el apoyo que necesitas. ⚖️ Personal Civil de todas las Fuerzas : Defenderemos a quienes sirven a nuestra nación. ⚖️ Empleados públicos y privados en relación de dependencia : Te apoyamos tanto en el trabajo como fuera de él. ¿Por qué elegirnos? ✔️ Experiencia y conocimiento : Conocemos a fondo la legislación relacionada con accidentes laborales y de...

VERAZ - BCRA- OTRAS BASES : RECLAMO. / ACLARACIONES:

Estimado Cliente, Eliminación de Deudas en Veraz y BCRA: Pasos a Seguir ¡Estamos aquí para ayudarle en todo el país! Proceso de Reclamo Información Precisa : Para iniciar el reclamo, necesitamos que nos proporcione información veraz sobre sus operaciones financieras. Su honestidad es clave para el éxito del proceso. Respuestas Efectivas : Responda con claridad a nuestras preguntas y espere nuestras indicaciones sobre la posibilidad de iniciar su reclamo. Evaluaremos si cumple con los requisitos legales. Comprobante de Pago : Si puede reclamar, envíenos el comprobante de pago de nuestro servicio junto con los requisitos solicitados. Consideraciones Importantes Evaluación del Reclamo : Tenga en cuenta que presentaremos un reclamo, pero la decisión final dependerá de las empresas involucradas. Aunque muchos reclamos se resuelven favorablemente, no podemos garantizar un resultado positivo. Plazos : No nos contacte antes de 10 días hábiles desde la presentación del reclamo, ya que necesitar...